Dan a conocer lista de Plaguicidas Altamente Peligrosos autorizados en México y Prohibidos en otros Países
– 210 Plaguicidas Altamente Peligrosos (PAP) están autorizados en México de los cuales 171 están prohibidos en otros países con efectos tóxicos a corto y largo plazo en la salud y el ambiente.
– Urge que las autoridades de COFEPRIS, SADER y SEMARNAT cumplan con la Recomendación de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) 82/2018 y que en sus programas nacionales sectoriales establezcan objetivos, metas, estrategias y prioridades que sean medibles, evaluables y monitoreables para la prohibición progresiva de PAP.
– Entre los PAP prioritarios a prohibir se recomiendan: a) el insecticida clorpirifos, que afecta el desarrollo neurológico infantil del que ya se acordó en el Convenio de Estocolmo su prohibición mundial, urge excluirlo de la lista de plaguicidas recomendados para el control de vectores por CENAPRECE; b) los insecticidas fipronil, imidacloprid y tiametoxam causantes de la muerte masiva de abejas en México, prohibidos en otros países, y c) el herbicida glifosato.
-Ciudad de México, a 15 de julio de 2025. Se dio a conocer la publicación “Lista de Plaguicidas Altamente Peligrosos autorizados en México y Prohibidos en otros Países 2025” elaborado por el Dr. Fernando Bejarano González de la Red de Acción sobre Plaguicidas y Alternativas en México (RAPAM) A.C., y con la colaboración de las Doctoras Aurora Elizabeth Rojas García y Yael Yvette Bernal Hernández, investigadoras y docentes de la Universidad Autónoma de Nayarit (UAN) y miembros de la Red de Toxicología de Plaguicidas.
El informe identifica y detalla en su anexo la lista de 210 ingredientes activos de PAP autorizados por la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS), de los cuales 171 se encuentran prohibidos o no autorizados en otros países, además 67 plaguicidas tienen una toxicidad aguda muy alta. Entre los plaguicidas que causan efectos crónicos (a largo plazo) en la salud humana, se enlistan 45 plaguicidas clasificados por la Agencia de Protección Ambiental de los Estados Unidos como probables y posibles cancerígenos, 42 que son tóxicos para la reproducción humana, es decir, puede perjudicar la fertilidad o el feto, y 46 que son alteradores hormonales según la Unión Europea o los criterios provisionales de alteración hormonal del Sistema Globalmente Armonizado de Clasificación y Etiquetado de Productos Químicos (SGA) aplicado por la Unión Europea y Japón.
En cuanto a la toxicidad ambiental de los PAP autorizados en México, se encuentran 79 plaguicidas autorizados que son muy tóxicos para las abejas, 17 que son muy tóxicos para organismos acuáticos y 14 muy persistentes en agua, suelo o sedimentos.
El Dr. Fernando Bejarano afirmó que “Aunque no hay un registro público del uso de los plaguicidas en México, que permita saber con precisión cuántos de los 210 PAP identificados se siguen usando, pues un gran número obtuvieron permisos con vigencia indeterminada, lo que sí se conoce, por las investigaciones de campo realizadas por académicos y de grupos no gubernamentales, es que los PAP se usan a lo largo y ancho del país por productores a pequeña, mediana y gran escala. Además, en estimaciones de mercado recientes, encontramos que 19 de los 30 plaguicidas de mayor venta en el país son PAP y están prohibidos en otros países”.
Por su parte, la Dra. Aurora Rojas afirmó que “de manera prioritaria se deberían prohibir el insecticida clorpirifos etilo, denominado comúnmente como clorpirifos, por ser un neurotóxico infantil y alterador hormonal, del cual no hay una dosis segura de exposición, que puede bioacumularse y desplazarse a grandes distancias, y del que ya se acordó en el Convenio de Estocolmo su prohibición mundial”; y la Dra. Yael Bernal añadió “es urgente que se quite al clorpirifos de la lista de insecticidas recomendados por el Centro Nacional de Prevención y Control de Enfermedades (CENAPRECE) para el control de mosquitos adultos mediante nebulizaciones, por el grave riesgo que significa para la población; se debe poner énfasis en la prevención y una estrategia de manejo integral de vectores con participación y educación ciudadana”.
Por su parte, el Dr. Fernando Bejarano añadió “tres insecticidas altamente peligrosos que también deberían prohibirse de manera prioritaria son el insecticida fipronil y los neonicotinoides imidacloprid y tiametoxam, causantes de la muerte masiva de abejas en México y prohibidos en la Unión Europea por sus efectos nocivos a estos polinizadores; además debería prohibirse también el herbicida glifosato considerando los avances realizados en el sexenio pasado en las alternativas de manejo agroecológico y porque es un compuesto confirmado como probable carcinógeno, entre otros efectos dañinos.”
El informe argumenta que la omisión del Estado en acciones precautorias y preventivas, perpetúa la exposición crónica y acumulativa de la población a los diferentes PAP, en particular en grupos históricamente en situación de vulnerabilidad, lo que constituye múltiples violaciones de los derechos humanos como: al más alto nivel posible de salud física y mental; a un medio ambiente limpio, saludable y sostenible; a disfrutar de los beneficios del progreso científico y sus aplicaciones; al acceso al agua potable; a una alimentación adecuada; con mayor impacto en los derechos de quienes requieren una protección reforzada como las infancias, las personas migrantes que trabajan en el campo, las y los campesinos, las comunidades indígenas, las personas gestantes.
Entre las recomendaciones que realizan l@s autores destacan:
– La necesidad de establecer una política de Estado sobre plaguicidas altamente peligrosos con un enfoque de derechos humanos, que permita cumplir con la recomendación de la CNDH 82/2018, que pide una coordinación intersecretarial entre SADER, COFEPRIS y SEMARNAT para que elaboren programas nacionales sectoriales con medidas prioritarias de prohibición progresiva y reducción del uso de PAP. A la par de profundizar una política de transición agroecológica en los sistemas agrícolas, a pequeña, mediana y gran escala, que garanticen a la población su derecho a una alimentación adecuada libre de agrotóxicos y a vivir en un medio ambiente sano.
– La actualización del Reglamento de Plaguicidas, Fertilizantes y Sustancias Tóxicas para que se definan los PAP tomando en cuenta los criterios de la FAO-OMS y los de la Red Internacional de Plaguicidas ó PAN Internacional, y establezcan nuevas reglas en las autorizaciones, e importaciones de plaguicidas que permitan operar el programa nacional sectorial que deberían elaborar las autoridades federales mencionadas, con “objetivos, metas, estrategias y prioridades que sean medibles, evaluables y monitoreables” según la recomendación de la CNDH 82/2018.
– Para lograr dicha medición y evaluacion que recomienda la CNDH, el informe propone crear un sistema nacional de información y vigilancia integral sobre el uso de plaguicidas que garantice el derecho público a saber qué plaguicidas se usan, dónde, cuánto y cuándo, así como sus efectos adversos, con un presupuesto adecuado.
El informe detalla la metodología usada para elaborar la lista, y hace una selección de las notas explicativas y detalles técnicos de las listas de PAN internacional consultadas.
y en la página de la Red Temática de Toxicología de Plaguicidas (https://www.redtoxicologiadeplaguicidas.org/)
La conferencia de prensa la puede encontrar en el siguiente enlace:
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